El artículo 40 de nuestra Constitución dice: «Es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una República representativa, democrática, federal…»
¿A qué se refieren estos últimos conceptos?
Primero deberíamos saber que es una República: Res-Publicae = «cosa publica o de todos». Los asuntos del Estado son de dominio público y de interés general.
- Representativa: El pueblo soberano es quien gobierna, por medio de sus representantes (que él mismo elige, por un determinado tiempo); por eso se llama democracia representativa.
- Democrática: Los representantes populares (del pueblo), particularmente de los poderes Ejecutivo y Legislativo, se eligen a través del voto de los ciudadanos de la República.
- Federal: Los estados se unen mediante un pacto federal para resolver asuntos de interés general, pero conservando su soberanía para todas las cuestiones que importan a cada entidad.